Art. 60
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección segunda. Derechos sindicales y Consejo de la Policía-«Mossos d’Esquadra»

Art. 60

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En vigor desde 10 jul 1994
Se establecerán por reglamento la organización y el funcionamiento interno del Consejo de la Policía y las normas de convocatoria y desarrollo de las elecciones de sus miembros.
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eli/es-ct/l/1994/07/11/10#art-60