Art. 48
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección primera. Derechos y deberes en general

Art. 48

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En vigor desde 31 mar 2017
1. Los miembros del Cuerpo de Mossos d’Esquadra disponen de los permisos, licencias y vacaciones que se determinen por reglamento. 2. Las disposiciones relativas a permisos, licencias, vacaciones y régimen de ausencias que establece la normativa general de función pública solo se aplican directamente a los miembros del Cuerpo de Mossos d’Esquadra si lo dispone expresamente su normativa específica. 3. Dadas las características del Cuerpo de Mossos d’Esquadra, la concesión de licencias y permisos y la distribución de los períodos de vacaciones quedan condicionadas a las necesidades del servicio. No obstante, al acabar el año, todos los miembros del Cuerpo deben haber hecho las vacaciones anuales. Se modifica por el art. 164.5 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a1-75

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eli/es-ct/l/1994/07/11/10#art-48