Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 30
30 / 66En vigor desde 12 nov 1993
Las instalaciones industriales que viertan aguas residuales al Sistema Integral de Saneamiento deberán conservar en perfecto estado de funcionamiento todos los equipos de medición, muestreo y control necesarios para realizar la vigilancia de la calidad de sus efluentes.
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Proeli/es-md/l/1993/10/26/10#art-30