Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Otras disposiciones
Art. 60
60 / 79En vigor desde 18 nov 1990
Los anuncios, los carteles, las vallas y los folletos publicitarios de las urbanizaciones han de indicar las fechas de aprobación definitiva del Plan Parcial y del Proyecto de Urbanización y han de recordar que el proyecto autorizado puede ser consultado en el Ayuntamiento o en la correspondiente Comisión Insular de Urbanismo. En un lugar preeminente de la urbanización se ha de fijar un cartel con los datos fundamentales del Plan y la fecha de aprobación. La publicidad no puede contener ninguna indicación disconforme con las prescripciones del acuerdo de aprobación definitiva del Plan susceptible de inducir a error a los adquirentes de parcelas sobre las cargas de urbanización y condiciones a las que se ha sujetado la aprobación.
El contenido de los anuncios, los carteles y las vallas publicitarias se ha de incluir en la solicitud de licencia de instalación que deberá de ser presentada ante el Ayuntamiento correspondiente.
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Proeli/es-ib/l/1990/10/23/10#art-60