Título TITULO III›Capítulo CAPITULO II
Art. 13
13 / 119En vigor desde 6 nov 1990
A los efectos de esta Ley se consideran Clubes deportivos las asociaciones privadas, integradas por personas físicas o jurídicas que tengan por objeto la promoción de una o varias modalidades deportivas, la práctica de las mismas por sus asociados, así como la participación en actividades y competiciones deportivas.
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Proeli/es/l/1990/10/15/10#art-13