Capítulo CAPÍTULO PRIMERO
Art. 5
5 / 26En vigor desde 1 ene 2010
5.1 El Patronato ejerce sus competencias dentro del ámbito territorial establecido en el correspondiente decreto de delimitación territorial del Parque Natural de la Montaña de Montserrat.
5.2 En cuanto a la zona de protección del entorno del Parque, corresponderá al Patronato realizar las actuaciones administrativas que establezca la normativa pertinente.
Se modifica el apartado 1 por el art. 47 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-737 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1989/07/10/10#art-5