Art. [firma]
En vigor desde 15 nov 1988
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los tribunales y autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, a 11 de noviembre de 1988.
CARLOS COLLADO MENA,
Presidente
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/1988/11/11/10#firma-fi