Art. 1
1 / 15En vigor desde 8 ene 1987
Los ciudadanos mayores de edad, inscritos en el Centro electoral, que gocen de Ia condición política de canarios, pueden ejercer ante el Parlamento de Canarias la iniciativa legislativa prevista en el articulo 11.4. del Estatuto de Autonomía de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley.
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Proeli/es-cn/l/1986/12/11/10#art-1