Art. 3
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

3 / 37
En vigor desde 17 dic 1982
Las lenguas oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco son el euskera y el castellano.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/1982/11/24/10#art-3