Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 10 abr 2026
Las empresas de inserción existentes a la fecha de entrada en vigor de esta ley, para acogerse a lo regulado en la misma, deberán adaptarse a sus previsiones en un plazo de un año a partir de dicha entrada en vigor.
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eli/es/l/2026/04/08/1#disposicion-transitoria-segunda