Art. 31
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 31

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En vigor desde 3 mar 2026
1. Siempre que sea posible, en los procedimientos de adquisición con concurrencia y publicidad de bienes inmuebles a título oneroso por parte de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y sus entidades del sector público autonómico, se utilizarán criterios de adjudicación que hagan referencia a la reducción de gases de efecto invernadero de las propuestas o proyectos. 2. Lo establecido en el número 1 también será de aplicación a los procedimientos de arrendamiento de bienes inmuebles con concurrencia y publicidad que precisen los órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o las entidades del sector público autonómico.
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