Art. 15
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 15

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En vigor desde 3 mar 2026
1. La Alianza Gallega por el Clima constituye el instrumento de fomento y colaboración constituido por agentes sociales y económicos implicados en la lucha contra el cambio climático y el impulso de una economía circular y sostenible. 2. Son objetivos de la Alianza Gallega por el Clima: a) Fomentar el compromiso medioambiental de las diferentes organizaciones que la integran. b) Dar visibilidad al compromiso de las organizaciones gallegas con los objetivos de mitigación y adaptación de la presente ley. c) Buscar la sinergia y colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil en materia de cambio climático. d) Impulsar iniciativas para mejorar el rendimiento medioambiental de las organizaciones y compartir buenas prácticas climáticas. e) Otorgar premios y reconocimientos públicos por proyectos innovadores y de referencia en materia de mitigación y adaptación climática, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38. f) Identificar los factores y brechas de conocimiento y gestión que obstaculizan que las organizaciones asuman compromisos en materia de mitigación y adaptación climática. g) Ofrecer herramientas a pequeñas y medianas empresas para su incorporación activa a la Alianza, para que eliminen o, en su caso, reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero de sus procesos o para que planifiquen las necesidades de adaptación al cambio climático. 3. Podrán formar parte de la Alianza: a) Las empresas y asociaciones profesionales o empresariales. b) Las organizaciones sindicales. c) Las organizaciones no gubernamentales (ONG) medioambientales y otras organizaciones de la sociedad civil. d) Las organizaciones científicas y académicas. e) Las administraciones públicas y entes del sector público con competencias en materia medioambiental. f) Los colegios profesionales. g) Cualesquiera otras organizaciones que estuvieran dispuestas a asumir un compromiso para avanzar en la lucha contra el cambio climático y la mejora del medio ambiente. La pertenencia a la Alianza se formalizará mediante la firma de un memorándum de entendimiento. 4. La Oficina de Cambio Climático de Galicia prestará apoyo organizativo al desarrollo de las iniciativas y encuentros de la Alianza Gallega por el Clima.
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eli/es-ga/l/2026/02/05/1#art-15