Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Potestad sancionadora universitaria de la Junta de Andalucía
Art. Disposición adicional decimonovena
163 / 179En vigor desde 26 mar 2026
El artículo 20, apartado 2, queda redactado del siguiente modo:
«La Dirección es el máximo órgano ejecutivo de la Agencia. Tendrá rango de Secretaría General con nivel de viceconsejero y estará sometida al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía».
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en el BOJA núm. 67, de 9 de abril de 2026. Ref. BOE-A-2026-8423
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Proeli/es-an/l/2026/02/20/1#disposicion-adicional-decimonovena