Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 10 ene 2025
La afectación económica que eventualmente produzca esta ley sobre los presupuestos de la Generalitat tiene efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos correspondiente al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la fecha de aprobación de la presente ley.
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