Art. 32
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 32

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En vigor desde 26 mar 2025
Adscrito al Observatorio Asturiano de la Innovación, se crea el Comité Asturiano para la Integridad de la Investigación como órgano colegiado, de carácter consultivo, sobre materias relacionadas con la promoción y consolidación de buenas prácticas en el ámbito de la investigación, así como para el análisis y prevención de conflictos de integridad científica y de investigación responsable; todo ello, sin perjuicio de la existencia de otros órganos autonómicos con competencia específica en esta materia, que mantendrán su actividad e independencia.
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eli/es-as/l/2025/02/19/1#art-32