Art. 22
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 22

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En vigor desde 7 abr 2025
1. Las operaciones de fusión o escisión de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia requieren el acuerdo favorable del Consejo de la Xunta de Galicia. 2. La disolución de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia requiere el acuerdo favorable del Consejo de la Xunta de Galicia, oído el Parlamento de Galicia.
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