Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 17
17 / 68En vigor desde 7 abr 2025
En cumplimiento de los principios de innovación y de excelencia, los medios públicos de comunicación audiovisual de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia fomentarán la producción audiovisual de calidad y su difusión en todas las modalidades que permita el estado de la tecnología.
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Proeli/es-ga/l/2025/03/14/1#art-17