Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria cuarta
93 / 108En vigor desde 28 jun 2024
Hasta tanto se complete el desarrollo reglamentario de los nuevos cuerpos que se crean en esta ley, se habilita a las administraciones educativas competentes para que puedan continuar realizando procesos selectivos de ingreso y de acceso de funcionarios de carrera en los cuerpos actualmente existentes, de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño, y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, así como para el nombramiento de personal interino en esos cuerpos, con los requisitos que existían para cada uno de ellos.
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Proeli/es/l/2024/06/07/1#disposicion-transitoria-cuarta