Título TÍTULO III
Art. Disposición final octava
105 / 108En vigor desde 28 jun 2024
Corresponde al Gobierno y a las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.
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Proeli/es/l/2024/06/07/1#disposicion-final-octava