Art. 25
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 3.ª Centros privados

Art. 25

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En vigor desde 28 jun 2024
Los centros privados no podrán utilizar ninguna denominación de las establecidas para los centros públicos o cualquiera otra que, por su significado, pueda inducir a confusión con estos.
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eli/es/l/2024/06/07/1#art-25