Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria tercera
15 / 23En vigor desde 18 jul 2024
Las representaciones sindicales y unitarias, correspondientes al personal objeto de subrogación, se mantendrán en el Instituto en los términos previstos en la normativa aplicable.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2024/06/21/1#disposicion-transitoria-tercera