Art. 23
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 23

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En vigor desde 15 abr 2023
1. El Gobierno de Cantabria establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de las víctimas del terrorismo, y de las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima, a las actividades culturales y de ocio que organice directamente la Administración autonómica. 2. Además, el Gobierno de Cantabria establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de esas personas a las actividades deportivas que organice directamente la Administración autonómica, así como a las instalaciones deportivas y de ocio dependientes de la comunidad. 3. El Gobierno de Cantabria promoverá que las entidades locales realicen programas para facilitar el acceso a las bonificaciones que están previstas en los apartados anteriores.
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