Art. 76
Título TÍTULO V

Art. 76

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En vigor desde 2 may 2023
Las infracciones son sancionadas con multas que van desde un mínimo de 301 hasta un máximo de 300.000 euros, de acuerdo con la siguiente graduación: a) Las infracciones leves, con multas desde un mínimo de 301 hasta un máximo de 6.000 euros. b) Las infracciones graves, con multas desde un mínimo de 6.001 hasta un máximo de 30.000 euros. c) Las infracciones muy graves, con multas de un mínimo de 30.001 hasta un máximo de 300.000 euros.
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