Art. 34
Título TÍTULO IV

Art. 34

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En vigor desde 14 mar 2023
La Administración de la Junta de Andalucía, en el ámbito de la investigación e innovación en atención temprana, realizará las siguientes actuaciones: a) Fomentará la investigación en atención temprana, fundamentalmente en el campo de la investigación epidemiológica y de la investigación evaluativa de las intervenciones, así como el desarrollo de investigaciones interdisciplinares. b) Colaborará con las universidades de Andalucía u otras entidades en el desarrollo de estrategias de formación, investigación e innovación en materia de atención a los trastornos del desarrollo. c) Facilitará cauces para el intercambio de experiencias y buenas prácticas, así como el acceso a las fuentes documentales. d) Fomentará la realización de convocatorias de premios y reconocimientos a las mejores experiencias de innovación y buenas prácticas que se desarrollen en nuestra Comunidad Autónoma en el ámbito de la atención temprana, dirigidas a los diferentes sectores sociales, tanto públicos como privados, que asuman iniciativas en esta materia.
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