Art. 62
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Régimen jurídico de la autorización ambiental integrada

Art. 62

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En vigor desde 13 abr 2023
Las resoluciones administrativas mediante las que se modifiquen las autorizaciones ambientales integradas, sean estas ordinarias o simplificadas, serán objeto de publicidad y notificación en los mismos términos establecidos para las resoluciones de autorización.
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