Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

35 / 41
En vigor desde 14 mar 2023
El Gobierno de Canarias establecerá el Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura, al que se refiere el artículo 25 de la presente ley, en el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2023/03/01/1#disposicion-adicional-sexta