Art. Disposición adicional decimosexta
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional decimosexta

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En vigor desde 18 mar 2022
En el plazo de dos años y en el marco de la normativa básica, el Gobierno elaborará, con la participación de la Mesa de Diálogo Permanente con los Directores y las Asociaciones de Directores regulada en esta ley, un plan para mejorar el reconocimiento social de los equipos directivos que incluya las medidas necesarias para mejorar los incentivos de los profesionales docentes para formar parte de los equipos directivos. Entre las medidas del plan se tendrá que incluir la regulación de los complementos retributivos asociados al desarrollo de cargos directivos.
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