Art. 105
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 105

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En vigor desde 18 mar 2022
Los municipios pondrán a disposición de la administración educativa los terrenos necesarios para construir los centros educativos públicos de educación infantil y primaria, y cederán los terrenos necesarios para la construcción de los centros educativos públicos de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
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eli/es-ib/l/2022/03/08/1#art-105