Art. 22
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Información sujeta a publicidad

Art. 22

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En vigor desde 22 abr 2023
Los sujetos comprendidos en el artículo 3 deben publicar información relativa a todas las campañas de publicidad y de promoción institucional y su coste, especificando el órgano que inicie el expediente, los medios de comunicación empleados, el importe destinado a cada medio, los criterios utilizados para realizar su distribución entre estos, el coste de los diferentes conceptos y la modalidad y el periodo de ejecución. Esta información se tiene que actualizar al menos una vez en el año.
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