Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Elementos del tributo

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 1 sept 2022
1. La presente ley entrará en vigor el día 1 del mes natural siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia». 2. Los usos del agua por las pérdidas de agua en las redes de abastecimiento no serán objeto de gravamen hasta el 1 de enero de 2023.
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