Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 14 feb 2021
El Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, regulado en la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en el capítulo X del título II del reglamento de dicha ley, aprobado por Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, pasará a denominarse Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.
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