Art. 46
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 46

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En vigor desde 22 abr 2021
La Administración autonómica fomentará la acuicultura mediante ayudas a proyectos destinados a mejorar las condiciones higiénicas y de sanidad de la producción, reducir la contaminación del medio ambiente, optimizar y modernizar de las instalaciones y el fomento de especies autóctonas o en peligro.
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