Art. 101
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO I

Art. 101

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En vigor desde 22 abr 2021
El presente título tiene como objeto regular el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de protección y conservación de los recursos marinos, actividades extractivas de productos pesqueros, acuicultura, ordenación del sector pesquero, así como los relativos al buceo y a la formación náutico-pesquera y náutico-deportiva.
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