Art. 1
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1

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En vigor desde 22 abr 2021
Esta ley tiene por objeto regular, en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, las siguientes materias: a) La conservación, la protección y la regeneración de los recursos marinos. b) El ejercicio de la pesca marítima, el marisqueo, la explotación de algas y la acuicultura. c) La ordenación del sector pesquero de Cantabria. d) La comercialización y la transformación de los productos pesqueros en Cantabria. e) Las actividades de buceo. f) La formación en actividades náuticas tanto profesionales como recreativas. g) La inspección, el control y el régimen sancionador de las materias previstas en este artículo.
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