Art. Disposición adicional vigésima quinta
Título TÍTULO VIICapítulo VII. MEDIDAS EN MATERIA DE EDUCACIÓN

Art. Disposición adicional vigésima quinta

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En vigor desde 1 ene 2022
El Gobierno debe garantizar los recursos humanos y materiales suficientes para lograr una reducción efectiva de las ratios de alumnos por clase en el curso de P3, de educación infantil, hasta un máximo de veinte alumnos por clase para el curso 2022-2023.
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