Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
7 / 20En vigor desde 8 may 2021
Las infracciones tipificadas en la presente ley como leves prescribirán en el plazo de un año, las tipificadas como graves en el de dos años y las tipificadas como muy graves en el de tres años.
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Proeli/es-cn/l/2021/04/29/1#art-7