Art. Disposición adicional novena
Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional novena

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En vigor desde 26 jun 2021
Las transferencias de crédito que afecten a proyectos de gasto cuyo objetivo sea la reparación de los daños causados por la DANA de septiembre de 2019, no estarán sujetas a las limitaciones establecidas en el artículo 44.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.
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