Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 20 feb 2021
Previa solicitud de parte se debe inscribir la baja del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Castellón en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana.
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