Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO SEGUNDO

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 23 feb 2021
Podrán acogerse a la protección frente a cualesquiera afecciones energéticas, incluidas afecciones eólicas, todos los proyectos de tecnología no eólica que a la entrada en vigor de esta ley ya se hubieran presentado para su autorización administrativa previa.
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