Art. Disposición final decimoctava
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO SEGUNDO

Art. Disposición final decimoctava

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En vigor desde 23 feb 2021
Se faculta al Gobierno de Aragón y a los titulares de los departamentos en sus respectivos ámbitos de competencias para dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.
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