Art. 8
Título TÍTULO I

Art. 8

8 / 103
En vigor desde 23 feb 2021
Cada dos años, como anexo al Plan de Gobierno regulado en la normativa de transparencia, se publicará un informe de evaluación y seguimiento de la simplificación administrativa en el sector público aragonés. La Comisión recabará, para su elaboración, la evaluación de las iniciativas impulsadas en dicho periodo por parte de los órganos o entidades que las promovieron y, en caso de ser distintos, aplicaron.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2021/02/11/1#art-8