Capítulo CAPÍTULO III
Art. 10
10 / 18En vigor desde 21 jul 2020
La presente Ley reconoce el derecho de la comunidad educativa a la participación activa en la gestión bioclimática de los centros educativos andaluces. Para ello, y de conformidad con normas reglamentarias que permitan poner en funcionamiento los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible, la comunidad educativa deberá ser tenida en cuenta para la elaboración y aprobación de estos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2020/07/13/1#art-10