Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 16 jun 2020
En tanto no se adapten las normas de desarrollo de la Ley 4/1988, de 3 de junio, del juego, de la Comunitat Valenciana, a lo dispuesto en esta Ley, o se dicten las disposiciones de desarrollo de esta última, aquellas serán aplicables en todo aquello que no se opongan a esta ley.
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