Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria octava
112 / 129En vigor desde 16 jun 2020
En el plazo de doce meses, desde la entrada en vigor de esta ley, las máquinas de juego tipo B y las máquinas auxiliares de apuestas situadas en establecimientos de hostelería y similares, así como aquellas máquinas de apuestas que estén situadas en recintos deportivos, deben contar con el sistema de activación-desactivación al que se refiere el artículo 51 de esta ley.
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Proeli/es-vc/l/2020/06/11/1#disposicion-transitoria-octava