Art. 87
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección primera. Disposiciones generales

Art. 87

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En vigor desde 16 jun 2020
La base imponible está constituida por los ingresos brutos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener directamente derivado de su organización o celebración.
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