Art. 85
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección primera. Disposiciones generales

Art. 85

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En vigor desde 16 jun 2020
De conformidad con el artículo 3 del Real decreto ley 16/1977, de 25 de febrero, son contribuyentes las personas físicas o jurídicas entre cuyas actividades se incluyan la celebración de las actividades gravadas por el tributo regulado en este capítulo.
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