Art. 75
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 75

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En vigor desde 16 jun 2020
1. La base imponible está constituida por los ingresos brutos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener directamente derivado de su organización o celebración. 2. En las combinaciones aleatorias, la base imponible está constituida por el valor de mercado de los premios ofrecidos más el total de los gastos necesarios para la puesta a disposición del premio.
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