Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 3 feb 2019
Los miembros del Gobierno y los cargos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del sector público instrumental tienen el tratamiento de señor o señora.
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