Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 99
99 / 119En vigor desde 8 feb 2019
Con objeto de facilitar la solución de litigios de carácter privado, surgidos de la práctica o desarrollo del deporte y, en general, de cualquier actividad relativa al deporte, los interesados podrán aplicar las fórmulas de mediación, conciliación y arbitraje, en los términos y bajo las condiciones establecidas por la normativa estatal sobre la materia.
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Proeli/es-cn/l/2019/01/30/1#art-99