Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 58
58 / 119En vigor desde 8 feb 2019
Las entidades deportivas se clasifican en clubes deportivos, grupos de recreación físico-deportiva, clubes y grupos de recreación físico-deportiva registrados por entidades no deportivas, sociedades anónimas deportivas, agrupaciones deportivas y federaciones deportivas, incluidas las insulares y las dedicadas a los deportes y juegos autóctonos y tradicionales.
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Proeli/es-cn/l/2019/01/30/1#art-58